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Artículo 25 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para crear la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, el gobierno debe seguir varios pasos importantes. Primero, tiene que tomar en cuenta los acuerdos internacionales que México haya firmado. También debe analizar cómo se mueve la gente en ciudades, zonas rurales y comunidades costeras, identificando problemas y diferencias entre áreas metropolitanas. Además, la estrategia debe conectarse con las políticas de desarrollo urbano y ordenamiento del territorio. Se tienen que incluir medidas para mejorar la movilidad de grupos vulnerables, como personas con discapacidad. Por último, es necesario que se promuevan transportes públicos limpios, seguros y eficientes, y que se permita la participación de todos: gobierno, empresas y ciudadanos.

Texto oficial

Artículo 25. Formulación de la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. Para la formulación de la Estrategia Nacional se deberá observar, al menos, lo siguiente: I. Integración de los objetivos en concordancia con los instrumentos internacionales de los que forme parte el Estado Mexicano; II. Identificación de los sistemas de movilidad de los centros de población del país e interurbanos, rurales e insulares con su respectivo diagnóstico, caracterización y delimitación de aquellos con carácter metropolitano; III. Vinculación de la movilidad y la seguridad vial con la política de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, así como a las políticas sectoriales aplicables y demás que se requieran; IV. Establecimiento de mecanismos para el fortalecimiento de las políticas y acciones afirmativas en materia de movilidad y seguridad vial; V. Promoción de la congruencia de las políticas, programas y acciones, que, en los distintos órdenes de gobierno, deberán implementarse en materia de movilidad y seguridad vial; VI. Conformación de las estrategias que promuevan modos de transporte público sostenible y seguro, el uso de vehículos no motorizados, vehículos no contaminantes y otros modos de alta eficiencia energética; VII. Establecimiento de las bases para los mecanismos de planeación, organización, regulación, implementación, articulación intersectorial, así como la participación de la sociedad y de los sectores público, privado y social con enfoque multisectorial, ejecución, control, evaluación y seguimiento de la Estrategia, e VIII. Información sobre la movilidad y la seguridad vial que permita integrar indicadores de proceso, efectos, resultados e impacto desagregado entre los grupos en situación de vulnerabilidad y personas con discapacidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

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