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Artículo 27 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Sistema de Información Territorial y Urbano es como un archivo digital que junta y ordena datos importantes sobre cómo se mueve la gente en las ciudades y qué tan seguras son las calles. Ahí se guarda información sobre quiénes usan las vías (como su edad, género, si tienen alguna discapacidad o si pertenecen a grupos vulnerables), y todo eso sirve para que el gobierno haga leyes y programas que protejan tus derechos al transportarte. Puedes consultar esta información en internet, en la página que el Sistema Nacional elija, y estará lo más detallada posible para que cualquier persona o investigador pueda usarla al planear cómo mejorar la movilidad incluyendo a todos. La información que ahí aparece se maneja con reglas de transparencia y protección de datos, como las leyes que cuidan tu privacidad. Para que este sistema funcione, las autoridades de todos los niveles (federal, estatal y municipal) tienen que ponerse de acuerdo y compartir los datos que ya tienen sobre el tránsito y los accidentes.

Texto oficial

Artículo 27. Indicadores y Bases de Datos de Movilidad y Seguridad Vial contenidas en el Sistema de Información Territorial y Urbano. El Sistema de Información Territorial y Urbano es un instrumento de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano que tiene por objeto organizar, actualizar y difundir la información e indicadores sobre el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano, donde además se integra, organiza, actualiza, publica y estandariza información de movilidad y seguridad vial, considerando características socioeconómicas, demográficas, de discapacidad y de género de las personas usuarias de la vía y los grupos en situación de vulnerabilidad, para la elaboración de la política pública, programas y acciones que garanticen los derechos, principios, directrices y objetivos de esta Ley. La información estará disponible para su consulta en el medio electrónico que defina el Sistema Nacional con el mayor nivel de desagregación posible, a efecto de promover el desarrollo de estudios e investigaciones que contribuyan a incorporar la perspectiva de género y la inclusión de grupos en situación de vulnerabilidad dentro de la planeación de los sistemas de movilidad y la seguridad vial. La protección y publicidad de la información contenida en el Sistema de Información Territorial y Urbano se realizará en términos de lo establecido en las Leyes Federal y General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y demás legislación aplicable. El Sistema de Información Territorial y Urbano en materia de movilidad y seguridad vial estará conformado por una base de datos integrada por la información que proporcionen las autoridades federales, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales, en el ámbito de sus competencias, de conformidad con esta Ley y demás disposiciones que al efecto se emitan. Para el funcionamiento del Sistema de Información Territorial y Urbano en materia de movilidad y seguridad vial, las autoridades competentes, dentro del marco de sus facultades deberán suscribir los convenios de coordinación necesarios para la transmisión de la información que exista en los archivos de las diversas dependencias, entidades federales, organismos constitucionalmente autónomos, entidades federativas y municipios que posean datos e información necesaria para que las autoridades competentes elaboren las políticas de movilidad y seguridad vial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.