Artículo 29 de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 29 fue eliminado de la ley desde el 18 de julio de 2006. Esto significa que ya no existe ni se aplica, como si lo hubieran borrado del código. "Derogar" es la palabra legal para decir que una regla ya no está vigente. En pocas palabras, este artículo ya no vale ni tiene ningún efecto.
Texto oficial
Artículo 29.- Se deroga. Artículo derogado DOF 18-07-2006
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.