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Artículo 29 de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 29 fue eliminado de la ley desde el 18 de julio de 2006. Esto significa que ya no existe ni se aplica, como si lo hubieran borrado del código. "Derogar" es la palabra legal para decir que una regla ya no está vigente. En pocas palabras, este artículo ya no vale ni tiene ningún efecto.

Texto oficial

Artículo 29.- Se deroga. Artículo derogado DOF 18-07-2006

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.