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Ley
LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo
3

Artículo 3 de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay negocios que ayudan a los bancos a manejar créditos. Estos son los almacenes generales de depósito, que guardan y cuidan tus mercancías mientras pides un préstamo con ellas como garantía. También menciona que otras leyes pueden agregar más tipos de negocios a esta lista. Las partes que estaban tachadas como "derogadas" ya no sirven, porque fueron eliminadas por cambios a la ley hace años.

Texto oficial

Artículo 3o.- Se consideran organizaciones auxiliares del crédito las siguientes: I. Almacenes generales de depósito; II. Se deroga. Fracción derogada DOF 18-07-2006 III. (Se deroga). Fracción derogada DOF 04-06-2001 IV. [Uniones de crédito;] LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 2 de 148 Fracción derogada DOF 20-08-2008 (por contener referencia a “uniones de crédito”) V. Se deroga. Fracción derogada DOF 18-07-2006 VI. Las demás que otras leyes consideren como tales. Artículo reformado DOF 03-01-1990, 27-12-1991

Ver texto oficial de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (pág. 1) ↗

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