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Ley
LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo
87-A

Artículo 87-A de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las casas de cambio tienen prohibido hacer ciertas cosas. No pueden comprar o vender sus propias acciones, a menos que sea algo permitido por la Ley del Mercado de Valores. Tampoco pueden recibir depósitos bancarios de dinero, como si fueran un banco, ni pueden emitir fianzas, cauciones o avales (que son formas de garantizar el pago de una deuda). Además, no pueden comprar bienes como casas o muebles que no sean necesarios para sus oficinas o su negocio, ni hacer operaciones que no estén autorizadas. Por último, no pueden prestar dinero o hacer operaciones que las dejen como deudoras frente a sus propios empleados, directivos, auditores o sus familiares cercanos (como padres, hijos o esposos), a menos que sea por prestaciones laborales normales.

Texto oficial

Artículo 87-A.- A las casas de cambio les está prohibido: I. Operar con sus propias acciones, salvo en los casos previstos en la Ley del Mercado de Valores; Fracción reformada DOF 15-07-1993 II. (Se deroga). Fracción derogada DOF 15-07-1993 III. Recibir depósitos bancarios de dinero; IV. Otorgar fianzas, cauciones o avales; V. Adquirir bienes inmuebles y mobiliario o equipo no destinados a las oficinas o actividades propias de su objeto social; VI. Realizar operaciones que no les estén expresamente autorizadas, y VII. Celebrar operaciones en virtud de las cuales resulten o puedan resultar deudores de la casa de cambio, sus funcionarios y empleados, salvo que correspondan a prestaciones de carácter laboral otorgadas de manera general; los comisarios propietarios y suplentes, estén o no en funciones; los auditores externos de la casa de cambio; o los ascendientes o descendientes en primer grado o cónyuges de las personas anteriores. Artículo adicionado DOF 27-12-1991

Ver texto oficial de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (pág. 60) ↗

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