- Ley
- LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
- Artículo
- 87-N
Artículo 87-N de la LEY General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Condusef (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros) se encarga de vigilar que las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (mejor conocidas como Sofomes) cumplan con ciertas reglas marcadas en la ley. Esta vigilancia puede hacerla donde sea que operen esas empresas, como en sus oficinas o sucursales. Para asegurarse de que todo esté en orden, la Condusef puede hacer visitas o pedirles información y documentos. Las Sofomes, sus dueños o empleados están obligados a dejar entrar al personal de la Condusef cuando vayan a hacer una revisión.
Texto oficial
Artículo 87-N.- En adición a lo dispuesto por los artículos 87-K, 87-L y 87-M de esta Ley, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros tendrá a su cargo la vigilancia y supervisión del cumplimiento, por parte de las sociedades financieras de objeto múltiple, a lo dispuesto por los artículos 87-I y 87-M de esta Ley, bajo los criterios que dicha Comisión determine para ejercer dichas facultades. La citada Comisión podrá ejercer dichas facultades en los lugares en los que operen las sociedades financieras de objeto múltiple de que se trate, en términos de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Asimismo, la propia Comisión podrá ejercer tales facultades a través de visitas, requerimientos de información o documentación. Para efectos de lo dispuesto en este artículo, las sociedades financieras de objeto múltiple, así como sus representantes o sus empleados, están obligados a permitir al personal acreditado de la Comisión el acceso al lugar o lugares objeto de la verificación. Artículo adicionado DOF 18-07-2006. Reformado DOF 10-01-2014
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