Artículo 28 de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que toda la investigación científica y la capacitación en pesca y acuacultura deben tener estos propósitos principales: ayudar a las autoridades a tomar decisiones para cuidar y aprovechar los recursos de manera responsable; aumentar la capacidad de conocer, aprovechar y conservar las especies; diseñar métodos de pesca que no dañen el medio ambiente; revisar cómo están las poblaciones de peces; asegurar que la pesca y los cultivos se hagan en equilibrio con la naturaleza; investigar la salud de los productos del mar; y proteger a las especies que están sobreexplotadas, es decir, que se han pescado demasiado.
Texto oficial
ARTÍCULO 28.- La investigación científica y tecnológica en pesca y acuacultura, así como la capacitación en estas materias, tendrán como propósitos esenciales: I. Orientar las decisiones de las autoridades competentes en materia de pesca y acuacultura, relativas a la conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas; LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 21 de 76 II. Incrementar la capacidad para identificar, cuantificar, aprovechar, administrar, transformar, conservar e incrementar las especies pesqueras y acuícolas; III. Promover el diseño de nuevas artes y métodos de pesca selectivos y ambientalmente seguros; IV. Establecer procedimientos de evaluación para determinar el estado de las pesquerías del país; V. Brindar elementos para determinar las condiciones en que deben realizarse la pesca y los cultivos de especies acuícolas, de manera que se lleven a cabo en equilibrio con el medio ambiente; VI. Desarrollar investigación en materia de sanidad e inocuidad acuícola y pesquera, y VII. Brindar elementos para el establecimiento de medidas encaminadas a protección de especies pesqueras sobreexplotadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.