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Artículo 34 de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La SEMARNAT (la Secretaría de Medio Ambiente) tiene 45 días para revisar el proyecto de la Carta Nacional Pesquera que le mande el IMIPAS (el instituto de pesca). Durante ese tiempo, puede pedir más información y hacer observaciones o sugerencias, pero debe explicar por qué las hace. Si no dice nada en esos 45 días, se entiende que está de acuerdo, y el IMIPAS puede pasar el documento a la Secretaría para que lo publique.

Texto oficial

ARTÍCULO 34.- La SEMARNAT participará en la revisión del proyecto de Carta Nacional Pesquera y sus actualizaciones. Para tales efectos, contará con un plazo de cuarenta y cinco días contados a partir de que reciba el proyecto, enviado por el IMIPAS, pudiendo solicitar información adicional si así lo requiere y emitir, en su caso, las observaciones y recomendaciones que considere pertinentes, debidamente motivadas y fundamentadas, las cuales serán tomadas en cuenta por el IMIPAS en la formulación del documento definitivo. Si en el plazo señalado la SEMARNAT no realiza observaciones o recomendaciones al proyecto de Carta Nacional Pesquera o a sus actualizaciones, se entenderá que no existe objeción de su parte al contenido de dicho proyecto y el IMIPAS lo turnará a la Secretaría para su expedición. Artículo reformado DOF 04-12-2023 LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 24 de 76

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.