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Artículo 38 de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades van a ayudar a que los propios productores creen sus propios métodos para controlar sus recursos, usando los conocimientos tradicionales de manejo que tengan las comunidades. También van a promover que se formen grupos dentro de la comunidad para que ayuden a administrar y proteger esos recursos, siguiendo las reglas principales de esta ley. En pocas palabras, quieren que los productores y las comunidades se organicen por su cuenta, con apoyo del gobierno, para cuidar lo que es de todos.

Texto oficial

ARTÍCULO 38.- Las autoridades apoyarán la creación de mecanismos de control de los propios productores, apoyados en el conocimiento tradicional de sistemas de manejo, donde existan, y promoverá la formación de grupos comunitarios que coadyuven a la administración y protección de dichos recursos sobre la base de los principios rectores de la presente Ley. CAPÍTULO III PLANES DE MANEJO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.