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Ley
LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo
75

Artículo 75 de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para vender o transportar pescados y mariscos en México, necesitas demostrar que son legales. Eso se hace con documentos como el aviso de llegada del barco, la cosecha, la producción o la guía de pesca, según el caso. Si pescaste para deporte, el permiso de pesca deportiva es suficiente para comprobar que es legal. Además, cuando vendas estos productos, tu factura o ticket debe incluir el número del permiso o concesión que tienes. Esto aplica tanto para pesca como para acuacultura (cría de especies acuáticas).

Texto oficial

ARTÍCULO 75.- La legal procedencia de los productos pesqueros y acuícolas, se acreditará con los avisos de arribo, de cosecha, de producción, de recolección, permiso de importación y con la guía de pesca, según corresponda, en los términos y con los requisitos que establezca esta Ley y su reglamento. Para las especies obtenidas al amparo de permisos de pesca deportivo-recreativa, la legal procedencia se comprobará con el permiso respectivo. Para la comercialización de los productos de la pesca y de la acuacultura, los comprobantes fiscales que emitan deberán incluir el número de permiso o concesión respectiva.

Ver texto oficial de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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