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Artículo 78 de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 78 dice que la acuacultura (criar peces y otras especies acuáticas en granjas) tiene varias metas. Quiere generar empleos en el campo, producir más alimentos para mejorar la dieta de los mexicanos y vender productos al extranjero para obtener divisas (dinero de otros países). También busca apoyar a comunidades pobres con programas de acuacultura rural, darles capacitación y evitar que la gente se vaya de su pueblo. Además, busca usar tecnología para producir más y de forma más limpia, sin dañar el ambiente, y aprovechar los recursos acuáticos de manera responsable para que no se acaben.

Texto oficial

ARTÍCULO 78.- En materia de acuacultura, son objetivos de esta Ley: I. Fomentar el desarrollo de la acuacultura como una actividad productiva que permita la diversificación pesquera, para ofrecer opciones de empleo en el medio rural; II. Incrementar la producción acuícola y la oferta de alimentos que mejoren la dieta de la población mexicana, así como generar divisas; II Bis. Fortalecer el programa de acuacultura rural, que atienda la demanda alimentaria de las comunidades de escasos recursos, se mejore el ingreso de las mismas y se incentive el arraigo en la localidad; Fracción adicionada DOF 05-12-2014 II Ter. Fortalecer los programas de capacitación de acuacultura rural, para los productos de localidades rurales; Fracción adicionada DOF 05-12-2014 III. Promover la definición de sitios para su realización, su tecnificación y diversificación, orientándola para incrementar su eficiencia productiva reduciendo los impactos ambientales y buscando nuevas tecnologías que permitan ampliar el número de especies que se cultiven; IV. Impulsar el desarrollo de las actividades acuícolas para revertir los efectos de sobreexplotación pesquera; V. Aprovechar de manera responsable, integral y sustentable recursos acuícolas, para asegurar su producción óptima y su disponibilidad; Fracción reformada DOF 05-12-2014 VI. Fomentar y promover la calidad y la diversidad de los recursos acuícolas, y Fracción reformada DOF 05-12-2014 VII. Fomentar la transferencia y uso de tecnología en los procesos de producción acuícola en poblaciones rurales y de escasos recursos. Fracción adicionada DOF 05-12-2014 LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 35 de 76

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

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