Artículo 88 de la LEY General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal y los gobiernos de los estados, cada uno en lo que le toca, van a crear y usar herramientas económicas (como apoyos, descuentos o estímulos) para que la gente cumpla con las reglas de la política de acuacultura. La acuacultura es la cría de peces o mariscos. Esto aplica a los trámites de permisos o concesiones, que son autorizaciones oficiales para cultivar especies acuáticas.
Texto oficial
ARTÍCULO 88.- La Federación y las Entidades Federativas en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñarán y aplicarán instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política acuícola. TÍTULO DÉCIMO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA ACUACULTURA CAPÍTULO ÚNICO DE LAS CONCESIONES Y PERMISOS DE ACUACULTURA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.