Artículo 10 de la LEY General de Protección Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Antes de que ocurra un desastre, este artículo dice que hay que hacer varias cosas para estar preparados. Primero, hay que saber de dónde vienen los riesgos (como terremotos, inundaciones, etc.) y cómo la gente puede contribuir a crearlos sin darse cuenta. Luego, se deben identificar los peligros, las debilidades de la comunidad y los diferentes escenarios posibles, además de analizar los efectos que podrían tener. También se necesita revisar las medidas ya existentes para reducir el daño, y poner en marcha acciones para prevenir o mitigar los riesgos. Finalmente, se busca que la gente entienda mejor los peligros y que la sociedad sea más fuerte y capaz de recuperarse después de una emergencia.
Texto oficial
Artículo 10. La Gestión Integral de Riesgos considera, entre otras, las siguientes fases anticipadas a la ocurrencia de un agente perturbador: I. Conocimiento del origen y naturaleza de los riesgos, además de los procesos de construcción social de los mismos; II. Identificación de peligros, vulnerabilidades y riesgos, así como sus escenarios; III. Análisis y evaluación de los posibles efectos; IV. Revisión de controles para la mitigación del impacto; V. Acciones y mecanismos para la prevención y mitigación de riesgos; VI. Desarrollo de una mayor comprensión y concientización de los riesgos, y VII. Fortalecimiento de la resiliencia de la sociedad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.