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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGPC/50
Ley
LEY General de Protección Civil
Artículo
50

Artículo 50 de la LEY General de Protección Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Escuela Nacional de Protección Civil va a funcionar según las reglas que ponga la Coordinación Nacional. Esa dependencia es la que va a decidir cómo se organiza, cómo trabaja y cómo está estructurada la escuela. No te preocupes por los detalles ahora, porque todo eso se definirá después en documentos oficiales. En pocas palabras, la ley solo dice que la Coordinación Nacional es la encargada de poner las reglas para que la escuela opere.

Texto oficial

Artículo 50. La estructura, organización y operación de la Escuela Nacional de Protección Civil se especificará en las disposiciones normativas que para tal efecto emita la Coordinación Nacional. Capítulo X De los Grupos Voluntarios

Ver texto oficial de la LEY General de Protección Civil (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.