Artículo 67 de la LEY General de Protección Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de cómo se juntan y usan los fondos de protección civil de los estados. Primero, estos fondos se forman con dinero que aportan el gobierno estatal y, si quieren, los municipios o las alcaldías de la Ciudad de México. El gobierno federal también puede darles un subsidio, pero solo si el Congreso lo autoriza en el presupuesto del año, y ese apoyo no puede ser mayor a lo que ya hayan puesto el estado y los municipios. Para que el dinero federal se use bien, deben firmarse convenios donde se expliquen las reglas para pedirlo, gastarlo y comprobarlo, además de cómo cuidar los equipos que se compren. Por último, la capacitación debe seguir los lineamientos de la Escuela Nacional de Protección Civil, y el dinero para digitalizar los sistemas de protección civil debe servir para compartir información de forma más rápida y estandarizada en todo el país.
Texto oficial
Artículo 67. Los Fondos Estatales de Protección Civil se integrarán a través de los recursos aportados por la respectiva entidad federativa y, en su caso, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Párrafo reformado DOF 19-01-2018 El Gobierno Federal otorgará subsidios a dichos Fondos de Protección Civil conforme a los recursos que, en su caso, sean aprobados para dicho fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación, sin rebasar las aportaciones que hubiesen realizado en el ejercicio fiscal correspondiente las entidades federativas y, en su caso, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Párrafo reformado DOF 19-01-2018 Los Fondos de las entidades federativas de Protección Civil operarán según se establezca en la normatividad administrativa correspondiente y en el caso de los recursos federales, en términos de los convenios de coordinación que se celebren, precisando para ello los requisitos para el acceso, ejercicio y comprobación de los recursos, así como las obligaciones en el manejo y mantenimiento de los equipos adquiridos. Párrafo reformado DOF 19-01-2018 La capacitación será acorde a los lineamientos dictados por la Escuela Nacional de Protección Civil y los recursos destinados a la sistematización de las unidades de protección civil deberán procurar la optimización del manejo e intercambio de información y su homologación a nivel nacional. Capítulo XIV De las Donaciones para Auxiliar a la Población
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.