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Artículo 59 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los dueños o encargados de lugares que manejen basura peligrosa y que tiendan a soltar al aire, agua o suelo una sustancia dañina que no se descompone y se acumula en los seres vivos, tienen la obligación de evitar que eso pase, o al menos de disminuirlo o mantenerlo bajo control. Esto significa que deben tomar medidas para que no se contamine el ambiente con ese tipo de químicos.

Texto oficial

Artículo 59.- Los responsables de procesos de tratamiento de residuos peligrosos en donde se lleve a cabo la liberación al ambiente de una sustancia tóxica, persistente y bioacumulable, estarán obligados a prevenir, reducir o controlar dicha liberación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.