Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGPGIR/59
Ley
LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
59

Artículo 59 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los dueños o encargados de lugares que manejen basura peligrosa y que tiendan a soltar al aire, agua o suelo una sustancia dañina que no se descompone y se acumula en los seres vivos, tienen la obligación de evitar que eso pase, o al menos de disminuirlo o mantenerlo bajo control. Esto significa que deben tomar medidas para que no se contamine el ambiente con ese tipo de químicos.

Texto oficial

Artículo 59.- Los responsables de procesos de tratamiento de residuos peligrosos en donde se lleve a cabo la liberación al ambiente de una sustancia tóxica, persistente y bioacumulable, estarán obligados a prevenir, reducir o controlar dicha liberación.

Ver texto oficial de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 59 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, explicado | Precedente Legal