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Ley
LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
84

Artículo 84 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para tramitar los permisos de importar o exportar residuos peligrosos, debes seguir las reglas que marca la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Esa ley indica los pasos oficiales para cualquier trámite con el gobierno, como presentar documentos, plazos y cómo responderán las autoridades. En pocas palabras, no es un proceso especial: aplican las mismas normas generales que para otros permisos federales.

Texto oficial

Artículo 84.- El trámite de las autorizaciones a que se refiere este Capítulo, se sujetará a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. CAPÍTULO VII IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

Ver texto oficial de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 33) ↗

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