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Ley
LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
85

Artículo 85 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres importar o exportar residuos peligrosos (como desechos tóxicos o químicos), debes seguir las reglas y límites que marca esta ley y su reglamento. También tienes que cumplir con otras leyes mexicanas, como las de comercio exterior y competencia económica. Además, aplican los tratados internacionales firmados por México y cualquier otra norma que sea relevante. En pocas palabras, no puedes mover estos residuos libremente; hay un montón de reglas que revisar.

Texto oficial

Artículo 85.- La importación y exportación de residuos peligrosos se sujetará a las restricciones o condiciones establecidas en esta Ley, su Reglamento, la Ley de Comercio Exterior, la Ley Federal de Competencia Económica, los tratados internacionales de los que México sea parte y los demás ordenamientos legales aplicables.

Ver texto oficial de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 33) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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