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Ley
LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Artículo
87

Artículo 87 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder exportar residuos peligrosos, primero necesitas que el país al que los vas a mandar te dé su permiso por escrito. También, si los residuos van a pasar por otros países durante el viaje, debes pedirles autorización a sus gobiernos. Sin esos consentimientos, nadie te va a emitir la autorización para sacar los residuos de México.

Texto oficial

Artículo 87.- Las autorizaciones para la exportación de residuos peligrosos sólo se emitirán cuando quienes las solicitan cuentan con el consentimiento previo del país importador y, en su caso, de los gobiernos de los países por los que transiten los residuos.

Ver texto oficial de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (pág. 33) ↗

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