Artículo 73 de la LEY General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Mecanismo Nacional de Prevención, que se encarga de evitar la tortura, será parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos pero sin depender de otras áreas, para que pueda trabajar de forma independiente y especializada. Este mecanismo tendrá un Comité Técnico como su órgano de gobierno, que estará formado por el presidente de la Comisión y cuatro expertos independientes en prevención de tortura, procurando que haya igualdad de hombres y mujeres. La ley también permite que el mecanismo haga acuerdos con otras instituciones del país o del extranjero para cumplir mejor su labor. Todo lo que no esté escrito en esta ley, como su estructura y funcionamiento, se definirá en un reglamento aparte.
Texto oficial
Artículo 73.- Para garantizar su autonomía y especialización, el Mecanismo Nacional de Prevención estará adscrito a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como un área independiente de las visitadurías que integran a la misma; en el Reglamento se establecerá la coordinación y apoyo que podrán brindarse entre las Visitadurías Generales y el Mecanismo Nacional de Prevención, así como realizar acuerdos o convenios de cooperación con entidades del país o internacionales que coadyuven en el cumplimiento de su fin. Tendrá un Comité Técnico como órgano de gobierno que se integrará por: I. La persona titular de la Comisión Nacional, quien lo presidirá. II. Un Comité Técnico integrado por cuatro personas expertas en la prevención de la tortura e independientes, en su designación se garantizará el principio de paridad de género. Fracción reformada DOF 28-04-2022 El Reglamento determinará en todo aquello que no esté establecido en esta Ley, la estructura, integración y funcionamiento del Mecanismo Nacional de Prevención.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.