Artículo 32 de la LEY General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo tiene tres metas principales. Primero, crear planes del gobierno para que las niñas y niños reciban atención completa, que cubra todas sus necesidades. Segundo, hacer que todas las oficinas y grupos del Consejo trabajen juntos para mejorar los servicios de cuidado y desarrollo de los pequeños. Tercero, promover que el gobierno ofrezca estos servicios con la misma buena calidad en todos lados, capacitando al personal, revisando que todo se haga bien y dando seguimiento constante.
Texto oficial
Artículo 32. El Consejo tendrá los siguientes objetivos: I. Diseñar políticas públicas, estrategias y acciones coordinadas para asegurar la atención integral a niñas y niños; II. Coordinar esfuerzos de las dependencias y entidades que conforman el Consejo, para promover mecanismos que permitan mejorar la calidad de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, y III. Impulsar acciones de gobierno para ofrecer un servicio de atención, cuidado y desarrollo integral infantil con criterios comunes de calidad, a través del fomento de actividades de capacitación, certificación, supervisión y seguimiento de los servicios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.