Artículo 25 de la LEY General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas de telecomunicaciones, como Telcel o Telmex, y los que dan servicios de aplicaciones o contenido como Netflix, tienen la obligación de cooperar cuando haya una investigación por secuestro. Si un juez o autoridad les pide información por escrito, explicando bien por qué la necesitan, deben entregarla sin excusas. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas del Código Nacional de Procedimientos Penales, que es el libro de leyes que dice cómo se investigan los delitos en México.
Texto oficial
Artículo 25. Los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, de conformidad con las disposiciones aplicables, tratándose de la LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE SECUESTRO, REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-05-2021 9 de 27 investigación de los delitos previstos en esta Ley, están obligados a atender todo mandamiento por escrito, fundado y motivado, en los términos que establezca el Código Nacional de Procedimientos Penales y la legislación aplicable. Párrafo reformado DOF 17-06-2016 I. Se deroga. Fracción derogada DOF 17-06-2016 II. Se deroga. Fracción derogada DOF 17-06-2016 III. Se deroga. Fracción derogada DOF 17-06-2016 IV. Se deroga. Fracción derogada DOF 17-06-2016 Capítulo VII Protección de Personas
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.