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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGPSVD_040521/5
Ley
LEY General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
Artículo
5

Artículo 5 de la LEY General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando esta ley no diga algo sobre un tema en particular, se va a usar lo que diga la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, siempre y cuando sea compatible con el asunto que se esté tratando. Es como si la otra ley sirviera de respaldo para llenar los huecos que esta no cubre.

Texto oficial

Artículo 5.- En lo no previsto por la presente Ley, se aplicarán, conforme a su naturaleza y de forma supletoria, las disposiciones contenidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA Y LA ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS

Ver texto oficial de la LEY General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (pág. 3) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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