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Artículo 137 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si durante un juicio aparece una prueba nueva que no existía antes (una "prueba superveniente"), el juez le avisará a todas las partes del pleito y les dará tres días para que digan lo que les parezca conveniente. En esos tres días, cada persona involucrada puede argumentar o hacer objeciones sobre esa prueba. La idea es que nadie se quede sin oportunidad de opinar sobre algo que puede afectar su caso.

Texto oficial

Artículo 137. De toda prueba superveniente se dará vista a las partes por un término de tres días para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.