- Ley
- LEY General de Responsabilidades Administrativas
- Artículo
- 216
Artículo 216 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te sancionan por una falta administrativa grave, o si te declaran inocente, puedes pedir que revisen esa decisión a través de un recurso de apelación. Esto aplica tanto si eres servidor público como si eres un particular. Básicamente, significa que tienes derecho a impugnar el fallo si no estás de acuerdo con él.
Texto oficial
Artículo 216. Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones siguientes: I. La que determine imponer sanciones por la comisión de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, y II. La que determine que no existe responsabilidad administrativa por parte de los presuntos infractores, ya sean Servidores Públicos o particulares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.