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Artículo 114 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a participar siempre en los programas de alimentación del gobierno para que la gente coma mejor. También, junto con los gobiernos de los estados, va a crear sus propios planes de nutrición, invitando a participar a organizaciones de México y otros países, y a empresas o grupos sociales. Estos planes deben enfocarse en que la población coma de forma nutritiva, pensando en lo que realmente necesita cada persona. Además, van a proponer formas de reducir la mala nutrición, promover comidas sanas y evitar alimentos que puedan ser riesgosos para la salud.

Texto oficial

Artículo 114.- Para la atención y mejoramiento de la nutrición de la población, la Secretaría de Salud participará, de manera permanente, en los programas de alimentación del Gobierno Federal. La Secretaría de Salud, las entidades del sector salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, formularán y desarrollarán programas de nutrición, promoviendo la participación en los mismos de los organismos nacionales e internacionales cuyas actividades se relacionen con la nutrición, alimentos, y su disponibilidad, así como de los sectores sociales y privado. Párrafo reformado DOF 19-06-2003 Los programas de nutrición promoverán la alimentación nutritiva y deberán considerar las necesidades nutricionales de la población. Por lo que, propondrán acciones para reducir la malnutrición y promover el consumo de alimentos adecuados a las necesidades nutricionales de la población; y evitar otros elementos que representen un riesgo potencial para la salud. Párrafo adicionado DOF 08-11-2019 Artículo reformado DOF 27-05-1987

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.