Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 141 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Salud trabajará junto con otras oficinas del gobierno, como los gobiernos de los estados (cada entidad federativa), para investigar, prevenir y controlar enfermedades que se contagian de una persona a otra. Esto significa que todas estas dependencias deben coordinarse, es decir, ponerse de acuerdo y colaborar juntas para cuidar tu salud y la de todos.

Texto oficial

Artículo 141.- La Secretaría de Salud coordinará sus actividades con otras dependencias y entidades públicas y con los gobiernos de las entidades federativas, para la investigación, prevención y control de las enfermedades transmisibles. Artículo reformado DOF 27-05-1987

Ver ley oficial en el DOF (pág. 80) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.