Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/200
Ley
LEY General de Salud
Artículo
200

Artículo 200 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud decide qué negocios o lugares (como farmacias o clínicas) necesitan cumplir ciertas reglas para funcionar, según el riesgo que representen para tu salud. Esos lugares deben tener una persona encargada que cumpla con lo que dice la ley y los reglamentos. También deben usar la versión más reciente de la “Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos”, que es como un libro oficial con instrucciones para medicamentos y productos de salud. Ese libro lo actualiza la misma Secretaría de Salud.

Texto oficial

Artículo 200.- La Secretaría de Salud determinará, con base en los riesgos que representen para la salud, los establecimientos a que se refiere el artículo 198 de la Ley, que requieren para su funcionamiento: Párrafo reformado DOF 07-05-1997 I. Contar, en su caso, con un responsable que reúna los requisitos que se establecen en esta ley y en los reglamentos respectivos; II. (Se deroga). Fracción derogada DOF 07-05-1997 LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 15-01-2026 106 de 376 III. Utilizar la última edición de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos y sus suplementos, mismos que serán elaborados y actualizados por la Secretaría de Salud. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 105) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 200 de la LEY General de Salud, explicado | Precedente Legal