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Ley
LEY General de Salud
Artículo
202

Artículo 202 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres dueño de un negocio donde trabajes con productos, servicios o actividades que puedan afectar la salud, tienes que avisar a la autoridad sanitaria (como la COFEPRIS) dentro de los 30 días hábiles después de que pase alguno de estos cambios: vendas el negocio, cambies el nombre, te mudes, cedas los derechos de un producto, empieces a fabricar productos nuevos o suspendas actividades. No importa si son días de descanso o festivos, solo cuentan los días entre semana que no sean feriados. Si no avisas a tiempo, podrías tener problemas por no cumplir con las reglas que se dicten para eso.

Texto oficial

Artículo 202.- Todo cambio de propietario de un establecimiento, de razón social o denominación, de domicilio, cesión de derechos de productos, la fabricación de nuevas líneas de productos o, en su caso, la suspensión de actividades, trabajos o servicios, deberá ser comunicado a la autoridad sanitaria competente en un plazo no mayor de treinta días hábiles a partir de la fecha en que se hubiese realizado, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que al efecto se emitan. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991, 07-05-1997

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 106) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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