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Ley
LEY General de Salud
Artículo
303

Artículo 303 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud es la que organiza todo lo que tenga que ver con anuncios de salud que hagan las dependencias del gobierno. También puede participar en esto gente de empresas privadas y organizaciones sociales, pero siempre bajo las reglas que ponga la Secretaría de Salud. Además, la Secretaría de Gobernación también tiene voz cuando se necesite, especialmente para revisar que los anuncios cumplan con la ley. En pocas palabras, la Secretaría de Salud es la jefa de cómo se maneja la publicidad sobre temas de salud en México.

Texto oficial

Artículo 303.- La Secretaría de Salud coordinará las acciones que, en materia de publicidad relacionada con la salud, realicen las instituciones del sector público, con la participación que corresponda a los sectores social y privado, y con la intervención que corresponda a la Secretaría de Gobernación. Artículo reformado DOF 27-05-1987

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 148) ↗

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