- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 352
Artículo 352 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud es la encargada de manejar los servicios de sanidad internacional, es decir, revisar que se cumplan las reglas de salud cuando la gente o la mercancía entra o sale del país. Esto incluye los controles migratorios, los que se hacen en puertos, aeropuertos, fronteras y otros lugares donde legalmente se pueda pasar. O sea, el gobierno se asegura de que todo esté limpio y seguro para que no entren enfermedades desde el extranjero.
Texto oficial
Artículo 352.- La Secretaría de Salud operará los servicios de sanidad internacional, tanto los de carácter migratorio como los relacionados con los puertos marítimos de altura, los aeropuertos, las poblaciones fronterizas y los demás lugares legalmente autorizados para el tránsito internacional de personas y carga. Artículo reformado DOF 27-05-1987
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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