- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 426
Artículo 426 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando cierran un negocio o local para siempre (clausura definitiva), ya no sirven los permisos o licencias que le habían dado. Es decir, aunque tuviera papeles para operar, esos documentos pierden su validez. Esto aplica a cualquier tipo de establecimiento, como tiendas, fábricas o edificios. En pocas palabras, el cierre total cancela todas las autorizaciones que tenía el lugar.
Texto oficial
Artículo 426.- En los casos de clausura definitiva quedarán sin efecto las autorizaciones que, en su caso, se hubieren otorgado al establecimiento, local, fábrica o edificio de que se trate.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.