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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/426
Ley
LEY General de Salud
Artículo
426

Artículo 426 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando cierran un negocio o local para siempre (clausura definitiva), ya no sirven los permisos o licencias que le habían dado. Es decir, aunque tuviera papeles para operar, esos documentos pierden su validez. Esto aplica a cualquier tipo de establecimiento, como tiendas, fábricas o edificios. En pocas palabras, el cierre total cancela todas las autorizaciones que tenía el lugar.

Texto oficial

Artículo 426.- En los casos de clausura definitiva quedarán sin efecto las autorizaciones que, en su caso, se hubieren otorgado al establecimiento, local, fábrica o edificio de que se trate.

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 190) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.