- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 438
Artículo 438 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si las autoridades de salud toman una decisión que afecta tus derechos o cierran un caso relacionado con esta Ley, tú puedes inconformarte. Esto significa que puedes presentar un recurso, es decir, una queja formal para pedir que revisen lo que decidieron. Aplica cuando la autoridad ya dio por terminado el proceso o resolvió el asunto. No importa si la resolución te parece injusta: tienes derecho a reclamar.
Texto oficial
Artículo 438.- Contra actos y resoluciones de las autoridades sanitarias que con motivo de la aplicación de esta Ley den fin a una instancia o resuelvan un expediente, los interesados podrán interponer el recurso de inconformidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.