- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 439
Artículo 439 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes 15 días hábiles para impugnar una decisión de la autoridad. Los días hábiles son los que no son sábados, domingos ni días festivos oficiales. El plazo empieza a contar un día después de que te notifiquen oficialmente el acto que quieres reclamar. Si no presentas tu queja dentro de ese tiempo, pierdes el derecho a hacerlo. El primer día no cuenta, así que el reloj inicia al día siguiente de recibir la notificación.
Texto oficial
Artículo 439.- El plazo para interponer el recurso será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que se hubiere notificado la resolución o acto que se recurra.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.