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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/448
Ley
LEY General de Salud
Artículo
448

Artículo 448 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una resolución de una autoridad de salud te afecta y te sientes perjudicado, puedes pedirles que te expliquen tus derechos. Ellas están obligadas a orientarte de forma clara y sencilla sobre cómo impugnar esa decisión. También te tienen que decir los pasos para presentar el recurso, que es el documento oficial para pedir que revisen lo que hicieron. No importa si no sabes de leyes, la autoridad debe guiarte.

Texto oficial

Artículo 448.- A solicitud de los particulares que se consideren afectados por alguna resolución o acto de las autoridades sanitarias, éstas los orientarán sobre el derecho que tienen de recurrir la resolución o acto de que se trate, y sobre la tramitación del recurso.

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 193) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.