- Ley
- LEY General de Salud
- Artículo
- 448
Artículo 448 de la LEY General de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una resolución de una autoridad de salud te afecta y te sientes perjudicado, puedes pedirles que te expliquen tus derechos. Ellas están obligadas a orientarte de forma clara y sencilla sobre cómo impugnar esa decisión. También te tienen que decir los pasos para presentar el recurso, que es el documento oficial para pedir que revisen lo que hicieron. No importa si no sabes de leyes, la autoridad debe guiarte.
Texto oficial
Artículo 448.- A solicitud de los particulares que se consideren afectados por alguna resolución o acto de las autoridades sanitarias, éstas los orientarán sobre el derecho que tienen de recurrir la resolución o acto de que se trate, y sobre la tramitación del recurso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.