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Ley
LEY General de Salud
Artículo
69

Artículo 69 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a decidir cómo medir y revisar los métodos anticonceptivos que se usan, como las pastillas, el condón o el DIU. Esto lo hará siguiendo las reglas que ponga el Consejo Nacional de Población sobre planificación familiar y educación sexual. Su objetivo es ver qué tan común es usar cada método y qué efectos tiene en la salud de las personas. Es como cuando checan qué medicamentos funcionan mejor y si tienen efectos secundarios, pero enfocado en los anticonceptivos. Básicamente, la ley dice que el gobierno debe asegurarse de que los métodos sean seguros y se usen bien.

Texto oficial

Artículo 69.- La Secretaría de Salud, con base en las políticas establecidas por el Consejo Nacional de Población para la prestación de servicios de planificación familiar y de educación sexual, definirá las bases para evaluar las prácticas de métodos anticonceptivos, por lo que toca a su prevalecencia y a sus efectos sobre la salud. Artículo reformado DOF 27-05-1987

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 33) ↗

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