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Artículo 71 Bis de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La salud digital es cuando se usan herramientas como internet, computadoras o tu celular para cuidar tu salud o recibir atención médica. Por ejemplo, incluye consultas con doctores por videollamada (telemedicina), aplicaciones de salud en tu teléfono (salud móvil), tu expediente médico guardado en línea y hasta relojes o pulseras inteligentes que miden tus pasos o ritmo cardíaco. Todo esto ayuda a que los servicios de salud funcionen más rápido y a distancia, sin que siempre tengas que ir al consultorio. Básicamente, es usar la tecnología para hacer más fácil y moderna tu atención médica.

Texto oficial

Artículo 71 Bis.- La salud digital se refiere a la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación en los servicios de salud, como es el caso, entre otros, de la telesalud, la telemedicina, la salud móvil, los registros médicos o de salud electrónicos y dispositivos portátiles. Artículo adicionado DOF 15-01-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

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