Artículo 19 de la LEY General de Sociedades Cooperativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para cambiar las reglas de una empresa (lo que se llama "bases constitutivas"), tienes que seguir exactamente los mismos pasos que cuando la creaste por primera vez, y luego anotar ese cambio en el Registro Público de Comercio, que es como el libro oficial donde se guardan los datos de las empresas. En corto, no puedes hacer una modisión rápida o diferente al trámite original.
Texto oficial
Artículo 19.- Para la modificación de las bases constitutivas, se deberá seguir el mismo procedimiento que señala esta Ley para el otorgamiento del acta constitutiva y deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.