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Artículo 32 de la LEY General de Sociedades Cooperativas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las cooperativas de participación estatal son un tipo de empresa, llamada sociedad cooperativa, que se junta con el gobierno (federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México) para operar negocios o servicios públicos, como administrar una planta productora o un servicio que el gobierno te encargue. También pueden servir para prestar dinero o recursos a proyectos que ayuden al desarrollo económico de tu comunidad, región o del país. En pocas palabras, es cuando tú y el gobierno trabajan juntos en un negocio o proyecto que beneficie a todos.

Texto oficial

Artículo 32.- Son sociedades cooperativas de participación estatal, las que se asocien con autoridades federales, de las entidades federativas, municipales o los órganos político-administrativos de la Ciudad de México, para la explotación de unidades productoras o de servicios públicos, dados en administración, o para financiar proyectos de desarrollo económico a niveles local, regional o nacional. Artículo reformado DOF 27-11-2007, 19-01-2018

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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