Artículo 33 de la LEY General de Sociedades Cooperativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las cooperativas que manejen ahorros y préstamos de su gente deben cumplir con esta ley y también con otra ley especial para ese tipo de cooperativas. Cuando habla de "ahorro", se refiere a que los socios guardan su dinero en la cooperativa. Y cuando dice "préstamo", significa que la cooperativa les presta ese mismo dinero a otros socios que lo necesiten.
Texto oficial
Artículo 33.- Las Sociedades Cooperativas que tengan por objeto realizar actividades de ahorro y préstamo se regirán por esta Ley, así como por lo dispuesto por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Se entenderá como ahorro, la captación de recursos a través de depósitos de ahorro de dinero de sus Socios; y como préstamo, la colocación y entrega de los recursos captados entre sus mismos Socios. Artículo reformado DOF 04-06-2001, 13-08-2009
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