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Ley
LEY General de Sociedades Cooperativas
Artículo
39

Artículo 39 de la LEY General de Sociedades Cooperativas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reglas del grupo permiten votar por carta poder si la firmas frente a dos testigos. El poder solo se le puede dar a otro miembro del grupo, no a alguien de fuera. Ese socio no puede representar a más de dos personas al mismo tiempo.

Texto oficial

Artículo 39.- Las bases constitutivas pueden autorizar el voto por carta poder otorgada ante dos testigos, debiendo recaer en todo caso la representación, en un coasociado, sin que éste pueda representar a más de dos socios.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Cooperativas (pág. 10) ↗

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