Artículo 72 de la LEY General de Sociedades Cooperativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una cooperativa quiebra o no puede pagar sus deudas, será un juez quien decida cómo manejar la situación. Ese juez usará la Ley de Concursos Mercantiles, que es el mismo conjunto de reglas que se aplica a cualquier empresa en problemas financieros. Básicamente, la cooperativa no tiene un trato especial en este caso, sino que sigue el mismo proceso legal que las demás compañías.
Texto oficial
Artículo 72. En los casos de quiebra o suspensión de pagos de las Sociedades Cooperativas, los órganos jurisdiccionales que señala el Artículo 9 aplicarán la Ley de Concursos Mercantiles. Artículo reformado DOF 13-08-2009
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.