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Ley
LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Artículo
4

Artículo 4 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se aplique esta ley, lo más importante será proteger los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Ellos tienen prioridad para recibir una educación basada en lo que dice la Constitución, como aprender con libertad, igualdad y respeto. Esto significa que cualquier decisión o regla debe pensar primero en su bienestar y desarrollo. En pocas palabras, la educación de los menores es lo que más importa.

Texto oficial

Artículo 4. En la aplicación de esta Ley y los instrumentos normativos que deriven de ella, se priorizará el interés superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de recibir una educación conforme a los principios, fines y criterios establecidos en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ver texto oficial de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (pág. 2) ↗

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