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Ley
LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Artículo
62

Artículo 62 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres maestro de prepa o bachillerato y te nombran director o supervisor por primera vez, tienes que tomar los cursos de capacitación que indiquen las autoridades educativas o las escuelas descentralizadas. Es obligatorio, porque es parte del proceso para asumir ese nuevo puesto. La ley no dice qué castigo hay si no lo haces, solo que debes participar.

Texto oficial

Artículo 62. El personal de educación media superior que reciba el nombramiento de dirección o de supervisión por primera vez, deberá participar en los procesos de capacitación que definan las autoridades de educación media superior o los organismos descentralizados.

Ver texto oficial de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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