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Artículo 91 de la LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 91 dice que si necesitas un permiso en el trabajo por asuntos personales (como una emergencia familiar o un trámite), se te va a dar siguiendo las reglas de la ley laboral que corresponda. Esto significa que no es un permiso al azar, sino que debe ajustarse a lo que marca la Ley Federal del Trabajo o el contrato colectivo de tu empresa. Así que, si pides un día por motivos personales, tu jefe no puede inventarse sus propias condiciones, sino que tiene que respetar lo que dice la ley.

Texto oficial

Artículo 91. El otorgamiento de licencias por razones de carácter personal se dará conforme a la legislación laboral aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.