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Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
115

Artículo 115 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas llamadas sociedades anónimas no pueden vender acciones por menos de lo que valen en papel, o sea, su valor nominal. Por ejemplo, si una acción dice que vale 100 pesos, la empresa no puede ofrecerla en 80. Esta regla evita que la compañía pierda dinero desde el principio y protege a los accionistas. Si la empresa lo hiciera, estaría violando la ley y podría tener problemas. En pocas palabras, las acciones siempre deben venderse al menos al precio que está escrito.

Texto oficial

Artículo 115.- Se prohíbe a las sociedades anónimas emitir acciones por una suma menor de su valor nominal.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 19) ↗

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