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Ley
LEY General de Sociedades Mercantiles
Artículo
118

Artículo 118 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en las acciones de una empresa viene escrito cuánto y cuándo tienes que pagar, y no pagas a tiempo, la empresa puede demandarte por la vía rápida (un juicio más corto) para cobrarte. También puede vender tus acciones para recuperar el dinero que debes.

Texto oficial

Artículo 118.- Cuando constare en las acciones el plazo en que deban pagarse las exhibiciones y el monto de éstas, transcurrido dicho plazo, la sociedad procederá a exigir judicialmente, en la vía sumaria, el pago de la exhibición, o bien a la venta de las acciones.

Ver texto oficial de la LEY General de Sociedades Mercantiles (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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