- Ley
- LEY General de Sociedades Mercantiles
- Artículo
- 152
Artículo 152 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los estatutos (las reglas internas de la empresa) o la junta de accionistas pueden pedir que los directores y gerentes pongan una garantía (como un dinero o un bien en prenda) para cubrir posibles fallas o daños que cometan en su trabajo. Esto significa que si el director o gerente hace algo mal y la empresa sale perdiendo, esa garantía sirve para pagar los problemas que causó. No todas las empresas lo exigen, pero sí les está permitido hacerlo si así lo deciden.
Texto oficial
Artículo 152.- Los estatutos o la asamblea general de accionistas, podrán establecer la obligación para los administradores y gerentes de prestar garantía para asegurar las responsabilidades que pudieran contraer en el desempeño de sus encargos. Artículo reformado DOF 11-06-1992
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