- Ley
- LEY General de Sociedades Mercantiles
- Artículo
- 208
Artículo 208 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que una sociedad en comandita por acciones, que es un tipo de empresa, se maneja casi igual que una sociedad anónima (la clásica S.A.). La única diferencia es que aplican las reglas especiales que se explican en los siguientes artículos de la ley. En otras palabras, si no se aclara algo distinto después, todo funciona como en una S.A. normal. Así que si estás en una sociedad de este tipo, básicamente sígueles la pista a las reglas de las sociedades anónimas.
Texto oficial
Artículo 208.- La sociedad en comandita por acciones se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo lo dispuesto en los artículos siguientes. LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-10-2023 35 de 63
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.