Artículo 212 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las sociedades cooperativas no se rigen por las reglas generales de otras empresas, sino que tienen su propia ley especial. Eso significa que hay un conjunto de reglas hechas especialmente para ellas, que es el que deben seguir. En este capítulo se habla de otro tipo de sociedades, las de capital variable, que son empresas donde el dinero que los socios aportan puede aumentar o disminuir sin hacer trámites complicados.
Texto oficial
Artículo 212.- Las sociedades cooperativas se regirán por su legislación especial. CAPITULO VIII De las sociedades de capital variable
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